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PGA

Programación general anual

El documento que concreta cada curso lo que el proyecto educativo fija a largo plazo: horario general, actividades, planes y previsiones. Se elabora al empezar el curso y se evalúa al terminarlo.

32 referencias · 9 normas · Revisado el 19 de agosto de 2026

Ámbito: conservatorios profesionales de música y danza.

Cómo encaja

De aquí sale:Memoria final de curso

Contiene:Programaciones didácticas·Plan de convivencia·Plan de Mejora

Hay 4 citas que necesitan revisión.

Marco estatal

Lo que fija la legislación básica, vigente mientras no se derogue.

LOE - Ley Orgánica de Educación

Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación

Artículo 125. Programación general anual.

Los centros educativos elaborarán al principio de cada curso una programación general anual que recoja todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas, y todos los planes de actuación acordados y aprobados.

Artículo 127. Competencias del Consejo Escolar. apartado b

b) Aprobar y evaluar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las competencias del Claustro del profesorado en relación con la planificación y organización docente.

Artículo 129. Competencias. apartado a

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del centro y de la programación general anual.

Artículo 129. Competencias. apartado b

b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos educativos de los proyectos y de la programación general anual.

Artículo 124. Normas de organización y funcionamiento. apartado 1

1. Los centros elaborarán un plan de convivencia que incorporarán a la programación general anual y que recogerá todas las actividades que se programen con el fin de fomentar un buen clima de convivencia dentro del centro escolar, la concreción de los derechos y deberes de los alumnos y alumnas y las medidas correctoras aplicables en caso de su incumplimiento con arreglo a la normativa vigente, tomando en consideración la situación y condiciones personales de los alumnos y alumnas, y la realización de actuaciones para la resolución pacífica de conflictos con especial atención a las actuaciones de prevención de la violencia de género, igualdad y no discriminación.

Normativa autonómica

Lo que añade la Generalitat Valenciana con carácter permanente.

D 57/2020 - Organización y funcionamiento de conservatorios

Decreto 57/2020, de 8 de mayo, del Consell, de regulación de la organización y el funcionamiento de los conservatorios profesionales de Música y de Danza dependientes de la Generalitat

Artículo 52. Programación general anual

1. La programación general anual (PGA) recoge el conjunto de actividades y enseñanzas previstos para el periodo de un curso escolar, y constituye un instrumento de planificación global de validez anual para el conservatorio.

2. La elaboración de la programación general anual será coordinada por el equipo directivo y aprobada por la dirección, y tendrá que tener en cuenta las deliberaciones y acuerdos del claustro de profesorado y la evaluación de la programación general anual correspondiente al curso anterior.

3. La PGA estará constituida por el conjunto de actuaciones derivadas de las decisiones adoptadas en el proyecto educativo elaborado en el centro y la concreción del currículum. Tendrá que recoger todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del conservatorio, incluyendo los proyectos, el currículum, las normas y los planes de actuación acordados y aprobados, incluyendo el plan de convivencia e igualdad. La PGA constituye, por lo tanto, la concreción de los criterios y orientaciones generales para cada curso escolar.

4. La programación general anual, una vez efectuada, será elevada al Consejo Escolar para su revisión. A continuación, se hará pública y quedará en la secretaría de los conservatorios, y quedará a disposición de la Inspección de Educación y de cualquier miembro de la comunidad educativa que la solicite. La dirección de los conservatorios tendrá que remitir un ejemplar de la programación general anual a la dirección territorial competente en materia de educación en los plazos que se determinan desde la conselleria competente en educación, adjuntando copia del acta de la sesión del Consejo Escolar en que se haya aprobado esta.

5. La programación general anual del conservatorio incluirá, al menos:

a) El horario general del conservatorio y los criterios pedagógicos para su elaboración establecidos por el claustro de profesorado, de acuerdo con la normativa vigente, con especificación del horario dedicado a actividades lectivas y complementarias.

b) La programación didáctica de las asignaturas con inclusión, si es el caso, de las asignaturas optativas que se impartirán, de acuerdo con la normativa vigente. En estas programaciones didácticas se recogerán los aspectos siguientes:

1) Los objetivos, competencias, contenidos y criterios de evaluación de cada una de las asignaturas y especialidades propias de cada departamento.

2) La distribución temporal de los contenidos durante el curso.

3) Las decisiones de carácter general sobre la metodología didáctica que se aplicará, así como los materiales y recursos que se tengan que utilizar.

4) Los procedimientos e instrumentos que se aplicarán para la evaluación del aprendizaje del alumnado, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos.

5) Los criterios de promoción, con especial referencia a los mínimos exigibles y a los criterios de calificación.

6) Las actividades de recuperación para el alumnado con asignaturas pendientes de cursos anteriores, en los casos en que sea procedente.

7) Las medidas de atención a la diversidad, si es el caso, para el alumnado que lo requiera.

8) La concreción de los acuerdos y contenidos para promover la convivencia escolar adoptados en el plan de convivencia.

9) La programación de las actividades académicas conjuntas con otros departamentos que afecten a varias especialidades o asignaturas.

10) Las actividades artísticas curriculares, complementarias y extraescolares que se pretenda llevar a cabo desde el mismo departamento o en coordinación con otros.

11) En el caso de departamentos de especialidades o asignaturas instrumentales, las audiciones o recitales que el departamento estime necesario que el alumnado haya de hacer durante el curso. En cuanto a las asignaturas teóricas y teórico prácticas, los trabajos y otras actividades que el departamento estime que el alumnado ha de hacer durante el curso.

12) Las propuestas de los departamentos didácticos para las pruebas de aptitudes y de acceso a las enseñanzas elementales y profesionales.

13) Los indicadores de evaluación.

c) El programa anual de las actividades complementarias y extraescolares del centro desde principio de curso para el alumnado, sin perjuicio de posteriores variaciones que pudieran ser autorizadas por el Consejo Escolar, incluyendo el calendario de audiciones y conciertos que se harán a lo largo del curso académico. Asimismo, estas audiciones y conciertos, así como las diferentes actividades culturales organizadas desde el centro de enseñanzas de música y danza, tendrán que ser comunicadas por parte de la dirección del centro a la Inspección de Educación, y se tendrán que difundir por los diferentes organismos de su ámbito de actuación (ayuntamiento, teatros, prensa, radio...), así como en la página web y tablón de anuncios de su centro.

d) Programación anual de las actividades de formación del profesorado, que tendrá que incluir, si es el caso, medidas que faciliten la formación de todo el profesorado.

e) La planificación de reuniones de los órganos de gobierno y de coordinación docente del conservatorio.

f) La memoria administrativa que tendrá que incluir el documento de organización del centro, la estadística de principio de curso y la situación de las instalaciones y de la equipación.

g) Los criterios para la distribución de las aulas, el acceso al material y el préstamo o cesión de instrumentos.

h) El plan de autoevaluación del conservatorio y los resultados obtenidos.

5. El personal de administración y servicios, las asociaciones de madres y padres de alumnado, así como el consejo de representantes de alumnado, podrán hacer sugerencias y aportaciones que, si es el caso, serán incorporadas a la programación general anual.

6. Al finalizar el periodo lectivo establecido en el calendario escolar, el claustro de profesorado tendrá que evaluar el grado de cumplimiento de la programación general anual. Las conclusiones más relevantes serán recogidas en una memoria final que se tendrá que remitir a la dirección territorial competente en materia de educación, para su estudio por parte de la Inspección de Educación.

Artículo 9. Funciones de la dirección apartado 1.m

m) Aprobar la programación general anual del centro, sin perjuicio de las funciones del Claustro del profesorado, en relación con la planificación y organización docente.

Artículo 21. El claustro de profesorado apartado 4.a

a) Formular al equipo directivo y al Consejo Escolar propuestas para la elaboración de los proyectos del conservatorio y de la Programación General Anual (PGA).

Artículo 30. Funciones de los departamentos didácticos apartado a

a) Remitir las oportunas propuestas, por medio de la dirección del departamento, al equipo directivo para la elaboración y modificación, en su caso, del proyecto educativo del conservatorio y de la programación general anual.

Artículo 33. Funciones de la dirección del departamento didáctico apartado 1.g

g) Participar, como miembro de la Comisión de Coordinación Pedagógica, en la elaboración y modificación, si es el caso, del proyecto educativo del conservatorio y de la programación general anual, remitiendo las oportunas propuestas tanto al equipo directivo como al claustro de profesorado.

Artículo 45. Asociación de alumnado apartado 3.b

b) Elevar al Consejo Escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo, de la programación general anual y del presupuesto del centro.

Artículo 45. Asociación de alumnado apartado 3.h

h) Recibir un ejemplar del proyecto educativo, de los proyectos curriculares de etapa, si es el caso, y de sus modificaciones, así como un ejemplar de la programación general anual.

D 158/2007 - Currículo de las EEPP de música

Decreto 158/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas

D 156/2007 - Currículo de las EEPP de danza

Decreto 156/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de danza y se regula el acceso a estas enseñanzas

O 5/2017 - Programa Coordinación horaria

Orden 5/2017, de 6 de febrero, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regula el programa denominado "Coordinación horaria" dirigido al alumnado que cursa simultáneamente las enseñanzas elementales o profesionales de Música y/o Danza y la Educación Primaria o Secundaria

Artículo 10. Proyecto educativo y memoria final de curso apartado 2

2. La planificación y concreción anual del programa de "Coordinación horaria" se incorporará a la programación general anual (PGA) del centro y podrá integrarse en el plan de mejora, formando parte de la programación de acciones del curso escolar con la finalidad de optimizar todos los aspectos relacionados con el programa.

Este curso

Instrucciones y convocatorias con fecha de caducidad: valen para el curso indicado y el siguiente pueden cambiar.

Res 29/07/2026 - Instrucciones inicio de curso 2026-2027 Curso 26-27

Resolución de 29 de julio de 2026, de la Secretaría Autonómica de Educación, por la que se dictan instrucciones en materia de ordenación académica y de organización de la actividad docente de los conservatorios y centros autorizados de enseñanzas artísticas elementales y profesionales de Música y de Danza de la Comunitat Valenciana, para el curso 2026-2027

4.1 Consideraciones generales y contenido de la PGA

1. De acuerdo con el artículo 125 de la LOE, los centros educativos elaborarán al principio de cada curso una programación general anual (PGA) como concreción anual de los diferentes aspectos recogidos en el proyecto educativo, que recoja todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, la concreción curricular, las normas, y todos los planes de actuación acordados y aprobados.

2. La grabación de todos los elementos que componen la PGA (administrativos, estadísticos, pedagógicos) se hará en el sistema de gestión. En consecuencia, toda la documentación generada deberá incorporarse al mismo como documentación adjunta.

3. El contenido de la PGA se ajustará a lo establecido en el artículo 52.5 del Decreto 57/2020, de 8 de mayo.

4. Dentro del plan de autoevaluación del centro, se incluirá el plan de mejora para el curso escolar, que irá encaminado principalmente a la mejora de los resultados académicos y a la reducción del abandono de los estudios.

5. Con el fin de garantizar una adecuada distribución horaria de la figura del pianista acompañante conforme a lo dispuesto en la Orden 9/2025, de 5 de junio, la Programación General Anual incorporará, como anexo, el horario asignado al profesorado que desempeñe dicha función.

6. La fecha límite para la aprobación, el registro de la PGA y la puesta a disposición por vía electrónica ante la dirección territorial de educación correspondiente será el 13 de noviembre de 2026.

7. La PGA será de cumplimiento obligado para todos los miembros de la comunidad escolar.

1.1 Consideraciones generales apartado 2

2. El proyecto educativo será referente en la redacción de la programación general anual y estará a la disposición de todos los miembros de la comunidad educativa.

Res 15/04/2026 - Coordinación horaria 2026-2027 Curso 26-27

Resolución de 15 de abril de 2026, de la Dirección General de Ordenación Educativa, por la que se convoca el Programa de coordinación horaria dirigido al alumnado que cursa simultáneamente enseñanzas elementales o profesionales de Música o Danza, y enseñanzas de régimen general, para el curso 2026-2027

Séptimo. Proyecto educativo, programa general anual y memoria final de curso apartado 0

El Programa de coordinación horaria formará parte de la oferta educativa de los centros participantes, y se integrará en el proyecto educativo del centro (PEC). Asimismo, los criterios a seguir en todos los aspectos relacionados con el Programa se incluirán en las normas de organización y funcionamiento del centro.

La planificación y concreción anual del Programa de coordinación horaria se incorporará a la programación general anual (PGA) del centro y podrá integrarse en el plan de mejora, formando parte de la programación de acciones del curso escolar con la finalidad de optimizar todos los aspectos relacionados con el programa. Esta concreción constará de:

Convocatoria PAF (Programa anual de formación permanente de centro) curso 2026-2027 Curso 26-27

Resolución de 9 de julio de 2026, de la Secretaría Autonómica de Educación, por la que se regula el Programa anual de formación permanente de centro, se convoca la solicitud de las modalidades formativas (proyectos de formación en centros, seminarios y grupos de trabajo) para desarrollarlas durante el curso 2026-2027, y se establece la dotación de recursos económicos para los centros docentes públicos de titularidad de la Generalitat.

Quinta. Requisitos apartado 1

1. Este programa formará parte de la programación general anual (PGA) y tendrá como finalidad alcanzar los objetivos establecidos en el PEC o PFC en los Centros Integrados de Formación Profesional. Su diseño partirá de la detección y análisis de las necesidades formativas individuales y colectivas del profesorado y del personal especializado para incrementar el éxito escolar, personal y social de su alumnado.

Ver los cursos anteriores

Ya vencido. Se conserva para poder consultar qué se pedía entonces.

Res 29/07/2025 - Instrucciones inicio de curso 2025-2026 Curso 25-26

Resolución de 29 de julio de 2025, de la Secretaría Autonómica de Educación, por la que se dictan instrucciones en materia de ordenación académica y de organización de la actividad docente de los conservatorios y centros autorizados de enseñanzas artísticas elementales y profesionales de Música y Danza de la Comunitat Valenciana para el curso 2025-2026

4.1 Consideraciones generales y contenido de la PGA

1. De acuerdo con el artículo 125 de la LOE, los centros educativos elaborarán al principio de cada curso una programación general anual (PGA) que recoja todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas, y todos los planes de actuación acordados y aprobados.

2. La grabación de todos los elementos que componen la PGA (administrativos, estadísticos, pedagógicos) se hará en el sistema de gestión, excepto los datos referentes al proceso de admisión.

3. El contenido de la PGA se ajustará a lo establecido en el artículo 52.5 del Decreto 57/2020, de 8 de mayo.

4. Dentro del plan de autoevaluación del centro, se incluirá el plan de mejora para el curso escolar, que irá encaminado principalmente a la mejora de los resultados académicos y a la reducción del abandono de los estudios.

5. La fecha límite para la aprobación, el registro de la PGA y la puesta a disposición por vía electrónica ante la dirección territorial de educación correspondiente será el 15 de noviembre de 2025.

1.1 Consideraciones generales apartado 2

2. El proyecto educativo será referente en la redacción de la programación general anual y estará a la disposición de todos los miembros de la comunidad educativa.

9.1 Proceso de Admisión para el curso 2026-2027 apartado 4

4. El centro elaborará un documento sobre el proceso de admisión, distribuido por nivel educativo y especialidad con la siguiente información: - Número de aspirantes para el acceso a estas enseñanzas. - Número de aprobados y suspendidos en las pruebas de acceso. - Número de plazas ofertadas provisionales y definitivas. - Número de plazas adjudicadas (aspirantes que hayan formalizado la matrícula). Este documento se adjuntará como documentación adjunta a la PGA en la plataforma ÍTACA.

Qué se ha dejado fuera, y por qué (37)

Estas normas nombran el documento pero no lo regulan, o quedan fuera del ámbito de la ficha. Se listan para que la ausencia sea una decisión visible y no un olvido.

LOMLOE - Ley Orgánica de Modificación de la LOE

Decreto 2/2022 - Escuelas de enseñanza artística no formal de Música y Artes Escénicas

  • La norma entera

    Escuelas de enseñanza artística no formal: fuera del ámbito de la v1

D 46/2026 - Modificación decretos enseñanzas de régimen especial

  • La norma entera

    Modifica el Decreto 2/2022, de escuelas: fuera del ámbito de la v1

Guía Plan de Mejora

D 104/2018 - Equidad e inclusión educativa

  • Artículo 12. Plan de actuación para la mejora (PAM) apartado 1

    El PAM es el documento equivalente de los centros de régimen general

    1. El plan de actuación para la mejora constituye la parte pedagógica de la programación general anual (PGA) y está formado por el conjunto de actuaciones planificadas por un centro con el fin de mejorar la calidad educa…

D 193/2025 - Convivencia en el sistema educativo

  • Preámbulo apartado 0

    Preámbulo: encuadre, no regulación

    I La convivencia es uno de los objetivos fundamentales del sistema educativo. Aprender a relacionarse y convivir es una parte imprescindible del derecho a la educación. Es importante trabajar desde las distintas áreas o …

  • Artículo 18. Plan de convivencia apartado 1

    El plan de convivencia: ficha propia

    1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 124 Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, según la legislación vigente, los centros educativos elaborarán un plan de convivencia, que se incorporará al…

D 57/2020 - Organización y funcionamiento de conservatorios

  • Artículo 11. La jefatura de estudios apartado m

    La acción tutorial: ficha propia

    m) Coordinar la acción de los tutores, con la colaboración de la comisión académica del centro y de acuerdo con el plan de orientación y de acción tutorial incluido en los proyectos curriculares y la programación general…

  • Artículo 20. El Consejo Escolar apartado 6

    Composición de las comisiones del Consejo Escolar

    6. Las comisiones permanentes del Consejo Escolar estarán formadas, al menos, por la dirección, jefatura de estudios, un docente, una madre o padre de alumnado y una alumna o alumno elegido por el sector correspondiente,…

  • Artículo 27. Departamentos didácticos apartado 1

    Naturaleza de los departamentos didácticos

    1. Los departamentos didácticos son órganos de coordinación docente organizados como equipos de trabajo para lograr los objetivos establecidos en la programación didáctica, en el proyecto educativo y en la programación g…

  • Artículo 30. Funciones de los departamentos didácticos apartado l

    Colaboración en actividades ya aprobadas

    l) Colaborar en la organización y el desarrollo de cualquier actividad de conservatorio aprobada en la programación general anual.

  • Artículo 31. Reuniones de los departamentos didácticos apartado 5

    La memoria final de curso: ficha propia

    5. Al finalizar el periodo lectivo del curso académico, los departamentos didácticos, elaborarán la memoria de evaluación del desarrollo de las programaciones didácticas, con indicación de las correcciones necesarias par…

  • Artículo 40. Coordinador o coordinadora de actividades complementarias y extraescolares apartado 2.n

    Quién organiza las actividades, no qué recoge la PGA

    n) Las actividades extraescolares y complementarias que aparecen en la PGA serán organizadas y llevadas a cabo por el centro, por asociaciones colaboradoras o en colaboración con las corporaciones locales, no discriminar…

  • Artículo 44. Asociación de madres y padres de alumnado apartado 6.m

    Propuestas de actividades de la AMPA

    m) Formular propuestas para la realización de actividades extraescolares que, en caso de ser aceptadas, tendrán que figurar en la programación general anual.

  • Artículo 51. El proyecto de gestión apartado 2

    El proyecto de gestión: ficha propia

    2. Los conservatorios profesionales dispondrán de autonomía en su gestión económica en los términos establecidos en la normativa vigente, en las leyes de presupuestos de la Generalitat y en la normativa complementaria po…

  • Artículo 52. Programación general anual apartado 5~2

    Numeración repetida en el DOGV; el apartado 5 real ya está

    5. El personal de administración y servicios, las asociaciones de madres y padres de alumnado, así como el consejo de representantes de alumnado, podrán hacer sugerencias y aportaciones que, si es el caso, serán incorpor…

  • Artículo 52. Programación general anual apartado 6

    La memoria final de curso: ficha propia

    6. Al finalizar el periodo lectivo establecido en el calendario escolar, el claustro de profesorado tendrá que evaluar el grado de cumplimiento de la programación general anual. Las conclusiones más relevantes serán reco…

  • Artículo 56. Autoevaluación de los conservatorios apartado 1

    El plan de autoevaluación: ficha propia

    1. La conselleria competente en educación tendrá que elaborar un sistema que facilite a los conservatorios la realización de su autoevaluación, a fin de proporcionar datos que contribuirán a orientar la toma de decisione…

O 20/2019 - Respuesta educativa para la inclusión

  • Artículo 10. Medidas de respuesta educativa para la inclusión apartado 3

    El proyecto educativo: ficha propia

    3. El equipo directivo ha de garantizar que las líneas y criterios básicos que orientan el establecimiento de medidas a medio y largo plazo del Proyecto educativo del centro (PEC), la Programación general anual (PGA), la…

O 4/2026 - Premios profesionales de Música y Danza

Manual de permisos y licencias del personal docente

  • 15. Consideraciones generales apartado 1

    Permisos del profesorado

    1. Las actividades extraescolares desarrolladas dentro y fuera de la Comunitat Valenciana como consecuencia de la programación general anual, cuando impliquen salidas del centro por parte del profesorado que las realice,…

  • VII. Permisos, licencias y vacaciones de los inspectores e inspectoras de educación apartado 2.b

    Permisos del profesorado

    b) Excepcionalmente, podrá autorizarse la asistencia a actividades formativas relacionadas con Programas Educativos Europeos, cuya duración supere los 6 días y hasta un máximo de 15 días laborables (incluidos los 6 prime…

Decreto de permisos y licencias del personal docente

  • Artículo 4. Distribución competencial apartado 1~2

    Indemnizaciones por razón del servicio

    1. Las actividades extraescolares desarrolladas dentro y fuera de la Comunitat Valenciana como consecuencia de la programación general anual, cuando impliquen salidas del centro por parte del profesorado que las realice,…

Cuenta de Gestión de Centros Docentes (Guía)

  • 2. Gastos apartado 3.a

    Gestión económica

    a) Constituirán ingresos de estos centros, que deberán ser aplicados a gastos de funcionamiento: 1.º Los fondos que se les libren, a propuesta de la Conselleria que tenga asignadas las competencias en materia de educació…

  • 4. ¿En qué casos no se puede utilizar la cuenta del centro? apartado 0

    Gestión económica

    El contrato de servicios financieros para la Generalitat y el Sector Público es aplicable a los centros docentes públicos no universitarios, excluyendo cualquier otro ente, sociedad o asociación de carácter privado como …

Res 29/07/2025 - Instrucciones inicio de curso 2025-2026

  • 2.1 Consideraciones generales apartado 2

    Gestión económica

    2. Los conservatorios profesionales dispondrán de autonomía en su gestión económica, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, el artículo 10 de la Ley de Presupuestos de la Generalitat para cada anualid…

  • 1.2 Algunos aspectos relativos al PEC apartado 1.2.5.1

    La autoevaluación: ficha propia

    1. El proyecto educativo de centro incorporará procedimientos de evaluación interna, tal como indica el artículo 50.3 m) del Decreto 57/2020, de 8 de mayo, para el diagnóstico de la situación del centro. Este diagnóstico…

  • 4.3 Memoria de final de curso apartado 1

    La memoria final de curso: ficha propia

    1. Al finalizar el periodo lectivo establecido en el calendario escolar, el claustro de profesorado evaluará el grado de cumplimiento de la programación general anual. Las conclusiones más relevantes estarán recogidas en…

  • 4.3 Memoria de final de curso apartado 2

    La memoria final de curso: ficha propia

    2. Esta memoria final contendrá los aspectos más relevantes de las conclusiones referentes a la evaluación de resultados incluidos dentro del plan de mejora. Para ello, se recopilarán los datos de los departamentos didác…

Res 29/07/2026 - Instrucciones inicio de curso 2026-2027

  • 2.1 Consideraciones generales apartado 2

    Gestión económica

    2. Los conservatorios profesionales dispondrán de autonomía en su gestión económica, según lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2006 de Educación, el artículo 10 de la Ley de Presupuestos de la Generalitat para cada anualid…

  • 1.2 Algunos aspectos relativos al PEC apartado 1.2.5.1

    La autoevaluación: ficha propia

    1. El proyecto educativo de centro incorporará procedimientos de evaluación interna, tal como indica el artículo 50.3.m del Decreto 57/2020, de 8 de mayo, para el diagnóstico de la situación del centro. Este diagnóstico …

  • 3.2 Otros aspectos relativos a la organización y el funcionamiento de los centros apartado 3.2.4.4

    Desplazamiento del profesorado

    4. Cuando el desarrollo del programa implique el desplazamiento de profesorado para impartir docencia, esta circunstancia deberá constar en el horario individual del profesorado afectado, tanto en el programa oficial de …

  • 4.3 Memoria de final de curso apartado 1

    La memoria final de curso: ficha propia

    1. Al finalizar el periodo lectivo establecido en el calendario escolar, el claustro de profesorado y el consejo escolar evaluarán el grado de cumplimiento de la programación general anual. Las conclusiones más relevante…

  • 4.3 Memoria de final de curso apartado 2

    La memoria final de curso: ficha propia

    2. Esta memoria final contendrá los aspectos más relevantes de las conclusiones referentes a la evaluación de resultados incluidos dentro del plan de mejora. Para ello, se recopilarán los datos de los departamentos didác…

  • 6.1 Horario del personal docente apartado 5.2.6.c

    El Plan de Mejora: ficha propia

    c) La evaluación de las actividades del curso escolar finalizado, así como del plan de mejora y otros planes y proyectos contenidos en la programación general anual y en las programaciones.

Convocatoria PAF (Programa anual de formación permanente de centro) curso 2026-2027

  • Preámbulo apartado 0

    Preámbulo: encuadre, no regulación

    La Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada por Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece en su artículo 102 que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profe…

Convocatoria PIIE (proyectos de innovación e inclusión educativa) cursos 2026-2028

  • Quinto. Características de los proyectos apartado 1

    Requisitos de los proyectos de innovación

    1. Los PIIE deberán ser propuestas nuevas y originales en el centro, fundamentadas en un análisis previo de las necesidades del contexto socioeducativo del centro. Dichos proyectos actuarán como motor de cambio para gara…