1. Las funciones de la dirección del departamento didáctico son las siguientes:
a) Dirigir y coordinar las actividades académicas del departamento, atendiendo a la especificidad de las diferentes enseñanzas que lo integran.
b) Representar al departamento en la Comisión de Coordinación Pedagógica y ante el equipo directivo del conservatorio, con la obligación de informar a todos los miembros del departamento sobre todas las decisiones y acuerdos adoptados por los mencionados órganos.
c) Convocar, organizar y presidir las reuniones del departamento, así como redactar, firmar y custodiar las actas de cada una de las reuniones.
d) Garantizar y coordinar la elaboración y revisión de la programación didáctica de las asignaturas que se integren en el departamento, estableciendo los plazos y directrices para la redacción de las programaciones, dando a conocer a los miembros de su departamento, a principio de curso, la información de carácter general relativa a las programaciones didácticas de cada asignatura.
e) Coordinar la redacción de las programaciones didácticas, la memoria final de curso del departamento y la elaboración de las adaptaciones del currículum que, si es el caso, se determinen.
f) Velar por el cumplimiento de las programaciones didácticas y por la correcta aplicación de los criterios de evaluación en las condiciones acordadas por el profesorado del departamento, según las directrices de la Comisión de Coordinación Pedagógica.
g) Participar, como miembro de la Comisión de Coordinación Pedagógica, en la elaboración y modificación, si es el caso, del proyecto educativo del conservatorio y de la programación general anual, remitiendo las oportunas propuestas tanto al equipo directivo como al claustro de profesorado.
h) Hacer pública la información relativa a la programación de las diferentes enseñanzas asignadas al departamento.
i) Coordinar la atención al alumnado con asignaturas no superadas correspondientes al departamento.
j) Organizar y supervisar, en coordinación con la jefatura de estudios, cualquier tipo de prueba para el alumnado con asignaturas pendientes, así como las pruebas de acceso.
k) Colaborar con la jefatura de estudios y con los departamentos correspondientes en la planificación de las actividades académicas conjuntas.
l) Colaborar con el equipo directivo en el fomento de las relaciones con otros centros o entidades para organizar actividades formativas y actividades complementarias y extraescolares.
m) Coordinar la organización de los espacios e instalaciones, proponer la adquisición de material y de equipación específica asignada al departamento, y velar por su mantenimiento, así como garantizar la conservación y actualización del inventario.
n) Colaborar en las evaluaciones sobre el funcionamiento y actividades docentes que promueven los órganos de gobierno del conservatorio o la administración educativa.
o) Promover la evaluación de la práctica docente del departamento y de los diferentes proyectos y actividades de este.
p) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el titular de la dirección del conservatorio o por la conselleria competente en materia de educación, dentro de su ámbito de competencias, o por los correspondientes reglamentos orgánicos y disposiciones vigentes.
2. La dirección del departamento vigilará que los acuerdos a los cuales se llegue se ajusten a la normativa vigente y sean consecuencia de las decisiones adoptadas por el equipo directivo en el ámbito de sus competencias.