1. Una vez finalizado el plazo de inscripción, los conservatorios y centros autorizados de enseñanzas profesionales de Música y de Danza deberán proceder a la revisión y validación, cuando proceda, de las solicitudes presentadas, en el período comprendido entre las 15:00 horas del día 19 de mayo y el día 25 de mayo de 2026, ambos inclusive.
2. Concluido dicho proceso, el día 26 de mayo de 2026 se harán públicas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas para la realización de las pruebas de acceso, tanto a las enseñanzas elementales como a las profesionales.
3. Los candidatos excluidos dispondrán de tres días hábiles, que corresponderán a los días 27, 28 y 29 de mayo de 2026, para poder enmendar la causa que haya motivado su exclusión. Las reclamaciones, en su caso, se realizarán por vía telemática a partir de la solicitud de inscripción realizada a las pruebas de acceso, presentando, en su caso, la documentación acreditativa de subsanación en el propio centro. Asimismo, las personas aspirantes que hayan detectado errores en sus datos deberán comunicarlo a la secretaría del centro por escrito en el mismo plazo, para que sean enmendados.
4. Los centros dispondrán del 27 de mayo al 2 de junio de 2026 para resolver y validar, en su caso, las reclamaciones recibidas.
5. Las personas aspirantes que hayan sido admitidas en las listas provisionales, así como las que habiendo presentado una reclamación reciban la notificación por parte del centro de la validación de la solicitud después de haber sido revisada y estimada, deberán realizar el pago de las correspondientes tasas mediante la pasarela habilitada en la Secretaría Digital hasta el día 5 de junio de 2026.
6. Conforme a la normativa reguladora vigente, se devolverán las tasas siempre que se renuncie a la prestación o servicio dentro del periodo de matriculación o inscripción establecido en la convocatoria, o dentro del periodo de enmienda a las listas de admitidos. Fuera de estos plazos, deberá acreditarse causa de fuerza mayor. En todo caso, no deberá haberse hecho uso del servicio o prestación. El procedimiento para la devolución de las tasas será:
a) Siempre que se den los requisitos establecidos en la normativa vigente, se podrá solicitar la devolución de la tasa por medios telemáticos indicados en el siguiente enlace: Accés al model 756 i a la presentació telemàtica - Generalitat Valenciana.
b) Salvo que se indique expresamente lo contrario, la presentación telemática de la solicitud de devolución de ingresos indebidos comportará la autorización a la Administración competente, para que realice la notificación de la resolución de esta solicitud, por medios electrónicos.
7. Una vez subsanados los posibles errores, se expondrán en los espacios destinados a la información de cada centro (tablones de anuncios, sitio web oficial...) las listas definitivas del alumnado admitido y excluido para la realización de las pruebas de acceso a las enseñanzas elementales y profesionales de Música y de Danza, el día 9 de junio de 2026.