Valencià
Inicio O 64/2013 - Currículo de Acordeón, Cuerda pulsada, Púa y Viola de gamba

Orden 64/2013, de 21 de junio, de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se desarrolla e incluye el horario del currículo y se determina la prueba de acceso de las especialidades de Acordeón, Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y Barroco, Instrumentos de púa y Viola de gamba establecidas en el Decreto 158/2007

Vigente
Música Autonómico Permanente
21 de junio de 2013 DOGV núm. 7054 Ver en DOGV ↗ PDF oficial ↓
Análisis jurídico

Preámbulo

El Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, aprobado por la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, y la reforma aprobada por la Ley Orgánica 1/2006, de 10 de abril, de Reforma de la Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana, en su artículo 53, establece que es de competencia exclusiva de la Generalitat la regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades, sin perjuicio de lo que disponen el artículo 27 de la Constitución Española y las leyes orgánicas que, de acuerdo con el apartado 1 del artículo 81 de aquella, lo desarrollan, de las facultades que atribuye al Estado el número 30 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española, y de la alta inspección necesaria para su cumplimiento y garantía.

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica el capítulo VI del título I a las enseñanzas artísticas, que tienen como finalidad proporcionar al alumnado una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de los futuros profesionales, entre otros, de la música.

El Real Decreto 1577/2006, de 22 de diciembre, por el que se fijan los aspectos básicos del currículo de las enseñanzas profesionales de música reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece, entre otros, la organización y finalidad de estas enseñanzas, los objetivos generales y específicos, y el listado de especialidades de las enseñanzas profesionales de música. En su artículo 5.3, se dispone que las administraciones educativas establecerán el currículo de las enseñanzas profesionales de música, del que formarán parte en todo caso los aspectos básicos que, para cada especialidad, se establecen en el anexo I del mencionado real decreto.

El Decreto 158/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas, determina los objetivos, currículo, especialidades, acceso a las enseñanzas en sus diferentes cursos, evaluación, así como otros aspectos adicionales relacionados con la organización y la ordenación académica de estas enseñanzas en la Comunitat Valenciana. En el artículo 6, se establecen las especialidades de las enseñanzas profesionales de música que se pueden impartir en la Comunitat Valenciana, entre las cuales, figuran: Acordeón, Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y Barroco, Instrumentos de púa y Viola de gamba.

En la disposición adicional cuarta del mencionado Decreto 158/2007, de 21 de septiembre, del Consell, se dispone que las especialidades que se relacionan en el artículo 6 y que no han sido previstas en el anexo de dicho Decreto, se desarrollarán en el momento en que sean autorizadas por la administración educativa correspondiente. Adicionalmente, la prueba específica de acceso a estas especialidades, no prevista en los anexos, tendrá la estructura que la administración educativa determine.

Ante la solicitud de regulación de algunas de las especialidades de: Acordeón, Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y Barroco, Instrumentos de púa y Viola de gamba, en conservatorios de titularidad municipal, la presente orden desarrolla el horario y la prueba de acceso de dichas especialidades reconocidas en el Decreto 158/2007, de 21 de septiembre, del Consell.

Por ello, a propuesta del director general de Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen Especial, de fecha 31 de mayo de 2013, de conformidad con la misma, y en virtud de las competencias que me atribuye el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el Decreto 5/2011, de 21 de junio, del president de la Generalitat, por el que se determinan las consellerías en que se organiza la Administración de la Generalitat,

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

1. Esta orden tiene por objeto desarrollar el horario y la prueba de acceso de las especialidades de: Acordeón, Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y Barroco, Instrumentos de púa y Viola de gamba establecidas en el Decreto 158/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas.

2. Esta orden será de aplicación en todos los centros, previamente autorizados, para impartir las enseñanzas profesionales de música en las especialidades de: Acordeón, Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y Barroco, Instrumentos de púa y Viola da gamba en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.

Artículo 2. Horario

La distribución por cursos y el total de horas de cada asignatura, correspondientes a las enseñanzas profesionales de música de las especialidades de: Acordeón, Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y Barroco, Instrumentos de púa y Viola de gamba, son los especificados en el anexo I.

Artículo 3. Acceso a las enseñanzas profesionales

1. Las pruebas específicas de acceso al primer curso de enseñanzas profesionales se realizarán de acuerdo con el artículo 9 del Decreto 158/2007, de 21 de septiembre, del Consell, por el que se establece el currículo de las enseñanzas profesionales de música y se regula el acceso a estas enseñanzas (DOCV 25.09.2007).

2. Las pruebas específicas de acceso a cursos diferentes de primero de enseñanzas profesionales se realizarán de acuerdo con el artículo 12 de la Orden 28/2011, de 10 de mayo, de la Consellería de Educación, por la que se regula la admisión, el acceso y la matrícula, así como los aspectos de ordenación general, para el alumnado que curse las enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza en la Comunitat Valenciana (DOCV 17.05.2011).

Disposiciones adicionales

Disposición adicional única. Incidencia en las dotaciones de gasto

La implementación y el posterior desarrollo de esta orden no podrán tener incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignados a la consellería competente en materia de educación, y en todo caso deberá ser atendido con los medios personales y materiales de la consellería competente por razón de la materia.

Disposiciones derogatorias

Disposición derogatoria única. Derogación normativa

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente orden.

Disposiciones finales

Disposición final primera. Aplicación y desarrollo

Se autoriza a la consellería competente en materia de educación a dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y el desarrollo de esta orden.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Anexo I. Tiempos lectivos

Especialidad: Acordeón

AsignaturaTotal
A. Propias de la especialidad
Conjunto1111120
Coro22120
Música de cámara1111120
B. Comunes
Instrumento111111180
L. Musical22120
Armonía22120
Análisis22120
Historia de la música22120
C. Optatividad
Optativa33180
Total semanal447799
Total1.200

Especialidad: Instrumentos de cuerda pulsada del Renacimiento y Barroco

AsignaturaTotal
A. Propias de la especialidad
Conjunto1111120
Coro22120
Música de cámara1111120
Piano/Clave complementario0,50,50,545
B. Comunes
Instrumento111111180
L. Musical22120
Armonía22120
Análisis22120
Historia de la música22120
C. Optatividad
Optativa33180
Total semanal44,57,57,599
Total1.245

Especialidad: Instrumentos de púa

AsignaturaTotal
A. Propias de la especialidad
Conjunto1111120
Coro22120
Música de cámara1111120
Piano/Clave complementario0,50,50,545
B. Comunes
Instrumento111111180
L. Musical22120
Armonía22120
Análisis22120
Historia de la música22120
C. Optatividad
Optativa33180
Total semanal44,57,57,599
Total1.245

Especialidad: Viola da gamba

AsignaturaTotal
A. Propias de la especialidad
Conjunto1111120
Coro22120
Música de cámara1111120
Clave complementario0,50,50,545
B. Comunes
Instrumento111111180
L. Musical22120
Armonía22120
Análisis22120
Historia de la música22120
C. Optatividad
Optativa33180
Total semanal44,57,57,599
Total1.245

Cláusula de promulgación

Valencia, 21 de junio de 2013

María José Catalá Verdet Conselleria de Educación
📝 Cuaderno

No hay fragmentos guardados.

Selecciona texto en cualquier artículo para guardar fragmentos.