En el artículo 32 del Decreto 107/2022 de 5 de agosto, del Consell, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria, y en el artículo 1.1 apartado 9 del Decreto 66/2024 de 21 de junio, del Consell, por el que se modifica el Decreto 107/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establece la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria y la Orden 19/2023, de 29 de junio, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los procedimientos derivados del Decreto 107/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria, y del Decreto 108/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Bachillerato, así como la organización y el funcionamiento del Bachillerato nocturno y a distancia en la Comunitat Valenciana, se ha dispuesto la convalidación de materias para el alumnado que cursa o ha cursado las enseñanzas profesionales de Música.
Por un lado, el alumnado que cursa la ESO y cursa o ha cursado enseñanzas profesionales de Música en conservatorios profesionales o centros autorizados puede solicitar la convalidación de la materia Música de 1.er, 2.º y 3.er curso de la ESO por la superación de la asignatura Instrumento o Voz de 1.er curso de las enseñanzas profesionales de Música, así como la convalidación de la materia Música de 4.º curso de la ESO por la superación de la asignatura Instrumento o Voz de 2.º curso de las enseñanzas profesionales de Música.
Por otro lado, el alumnado que cursa la ESO y, simultáneamente, enseñanzas profesionales de Música en conservatorios profesionales o centros autorizados también puede solicitar la convalidación de la materia optativa.
A continuación, y de acuerdo con lo que disponen el Decreto 66/2024 de 21 de junio y la Orden 19/2023, de 29 de junio, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los procedimientos derivados del Decreto 107/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Educación Secundaria Obligatoria, y del Decreto 108/2022, de 5 de agosto, del Consell, por el que se establecen la ordenación y el currículo de Bachillerato, así como la organización y el funcionamiento del Bachillerato nocturno y a distancia en la Comunitat Valenciana, se indica el procedimiento a seguir: